Declaración responsable del sistema informático de facturación

Soluciones Tecnológicas E-VTC, S.L., como productor del sistema informático de facturación «E-VTC Gestión», pone a disposición de sus clientes y del público la declaración responsable exigida por el artículo 13 del Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, y el artículo 15 de la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre.

Sigue la estructura del modelo publicado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Esta declaración se refiere exclusivamente a la versión indicada: cada nueva versión del sistema publica su propia declaración en esta misma página.

Declaración responsable

1.a) Nombre del sistema informático a que se refiere esta declaración responsableE-VTC Gestión
1.b) Código identificador del sistema informático a que se refiere el apartado a) de esta declaración responsable01
1.c) Identificador completo de la versión concreta del sistema informático a que se refiere esta declaración responsable1.0.2
1.d) Componentes, hardware y software, de que consta el sistema informático, junto con una breve descripción de lo que hace y de sus principales funcionalidadesAplicación web multiusuario de gestión de servicios de transporte de viajeros con conductor, con base de datos relacional, y con módulo de facturación que realiza: la expedición de facturas y facturas simplificadas con su código QR tributario; la generación, para cada factura o factura rectificativa, del registro de facturación de alta (y, en su caso, de anulación) con huella SHA-256 encadenada por obligado tributario y sistema informático; y su remisión por medios electrónicos a la sede electrónica de la AEAT mediante la librería josemmo/verifactu-php v0.3.4 como componente de comunicación, con cola de remisión y reintentos automáticos ante indisponibilidades.

Se entrega como servicio en la nube (SaaS), sobre servidores gestionados por el productor, y se utiliza desde un navegador web en el equipo del usuario, sin requisitos de hardware específicos más allá de los de cualquier navegador actual.

El sistema permite gestionar de forma independiente varias facturaciones dentro de él, cumpliendo separadamente con la normativa mencionada en el apartado 1.k) para cada una de ellas, como si, en la práctica, se tratara de sistemas informáticos de facturación distintos.
1.e) Indicación de si el sistema informático se ha producido de tal manera que, a los efectos de cumplir con el Reglamento, solo pueda funcionar exclusivamente como «VERI*FACTU»S – Sí

En el ámbito del Reglamento aprobado por el RD 1007/2023, el sistema funciona exclusivamente como «VERI*FACTU» (sistema de emisión de facturas verificables), remitiendo a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de forma continuada, segura, correcta, íntegra, automática, consecutiva, instantánea y fehaciente, todos los registros de facturación generados. No implementa la modalidad de sistema informático «no verificable» del artículo 8 del Reglamento.
1.f) Indicación de si el sistema informático permite ser usado por varios obligados tributarios o por un mismo usuario para dar soporte a la facturación de varios obligados tributariosS – Sí

El sistema soporta su utilización por varios obligados tributarios, con separación de los registros de facturación, del encadenamiento de huellas y del número de instalación por cada obligado.
1.g) Tipos de firma utilizados para firmar los registros de facturación y de evento en el caso de que el sistema informático no sea utilizado como «VERI*FACTU»Dado que se trata de un sistema de facturación que solo puede ser utilizado exclusivamente en la modalidad de «VERI*FACTU», no se realiza una firma electrónica expresa de los registros de facturación generados, ya que la normativa considera que quedan firmados al ser remitidos correctamente a los servicios electrónicos de la Agencia Tributaria con la debida autenticación mediante el adecuado certificado electrónico cualificado (art. 16.2 del Reglamento).

Las firmas electrónicas que el sistema emplea en otros ámbitos —TicketBAI y la remisión de facturas a las administraciones públicas— quedan fuera del alcance de esta declaración, según se indica más abajo.
1.h) Razón social de la entidad productora del sistema informático a que se refiere esta declaración responsableSoluciones Tecnológicas E-VTC SL
1.i) Número de identificación fiscal (NIF) español de la entidad productora del sistema informáticoB42559013
1.j) Dirección postal completa de contacto de la entidad productora del sistema informáticoCalle Monóvar, n.º 18, planta 2, puerta B.
03110 – Mutxamel (Alicante).
España.
1.k) Declaración de cumplimientoLa entidad productora del sistema informático a que se refiere esta declaración responsable hace constar que dicho sistema informático, en la versión indicada en ella, cumple con lo dispuesto en el artículo 29.2.j) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, en la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre, y en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria para todo aquello que complete las especificaciones de dicha orden.
1.l) Fecha y lugar en que la entidad productora suscribe esta declaración responsableFecha: 9 de septiembre de 2026.
Lugar: Mutxamel (Alicante) – España.

Soluciones Tecnológicas E-VTC SL
NIF B42559013

Anexo

2.a) Otras formas de contacto con la entidad productora del sistema informáticoTeléfono: (+34) 966 10 68 72
Correo electrónico: administracion@e-vtc.com
2.b) Direcciones de internet de la entidad productora del sistema informáticoSitio web de la empresa:
https://www.e-vtc.com

Información sobre este producto en el sitio web de la empresa:
https://e-vtc.com/app-gestion/

Acceso al histórico de declaraciones responsables de las versiones de este producto:
https://e-vtc.com/declaracion-responsable-sif/
2.c) Manera en que el sistema informático cumple las especificaciones técnicas y funcionales de la Orden HAC/1177/2024Además del modo que es de obligado cumplimiento en ciertos casos (como el algoritmo de huella a emplear), otras implementaciones utilizadas son:
  • Empleo de la tecnología transaccional del sistema gestor de base de datos utilizado para consolidar, en una sola unidad transaccional, la expedición de la factura y la generación del registro de facturación correspondiente, junto con un bloqueo de la serie de facturación que impide que dos expediciones simultáneas obtengan el mismo número.
  • Encadenamiento de huellas SHA-256 separado por obligado tributario y número de instalación, de modo que cada obligado mantiene su propia cadena aunque comparta sistema con otros.
  • Remisión a la sede electrónica de la AEAT mediante una cola con reintentos automáticos ante indisponibilidad del servicio, que conserva el orden de la cadena y no permite continuarla mientras un registro anterior no conste como remitido.
  • Inmutabilidad de los datos con trascendencia tributaria de las facturas ya expedidas: una vez generado su registro de facturación, la aplicación impide su modificación y su borrado, y cualquier corrección exige la emisión de una factura rectificativa con su propio registro.
  • Consulta de los registros de facturación remitidos y de su encadenamiento desde la propia aplicación, para que el obligado tributario, sus auditores o la Administración tributaria puedan comprobar la trazabilidad e integridad de la cadena.

Alcance de esta declaración. Se refiere al Reglamento aprobado por el Real Decreto 1007/2023 y a la Orden HAC/1177/2024 que lo desarrolla, de aplicación en territorio común. El mismo sistema informático soporta además, para los obligados que corresponda, TicketBAI en los territorios forales del País Vasco —obligación equivalente establecida por la normativa foral, en la que los registros sí se firman electrónicamente— y la remisión de facturas electrónicas a las administraciones públicas a través de FACe. Ambos responden a normativa propia y quedan fuera del alcance de este documento.

Componentes de terceros. La comunicación con la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria se apoya en la librería de código abierto josemmo/verifactu-php v0.3.4, integrada en el sistema como componente de comunicación. Al tratarse de software libre, sin un productor que suscriba una declaración responsable propia, el productor identificado en esta declaración la asume como parte integrante de su propio sistema informático de facturación y responde de su funcionamiento en los términos de esta declaración, que se refiere al sistema en su conjunto.

Versiones y descarga en PDF

Cada versión del sistema publica su propia declaración responsable, y las anteriores se conservan aquí. Los documentos están en un formato de uso ampliamente extendido y gratuito, conforme al artículo 15.3 de la Orden HAC/1177/2024.

VersiónFecha de suscripciónDocumento
1.0.2 (vigente)9 de septiembre de 2026Declaración responsable — E-VTC Gestión v1.0.2 (PDF)